SES Hospedajes Guide

¿Tengo que registrar a amigos y familiares que se alojan de forma gratuita?

Sí. La obligación se vincula a la actividad de alojamiento, no a cada estancia individual, por lo que si su propiedad funciona como alojamiento turístico, todas las personas que duerman allí deben registrarse, incluyendo amigos y familiares que no le paguen nada.

La edición en inglés es la versión de referencia de esta guía. Las citas legales aquí son una traducción de una explicación en inglés, no el texto oficial. Leer en inglés

Sí. Si explota la propiedad como alojamiento turístico, todas las personas que duerman allí deben registrarse, incluyendo amigos y familiares, paguen o no una cantidad cualquiera.

Esto sorprende a muchos porque la definición de actividad de hospedaje sí menciona dinero: el artículo 2.1 la describe como proporcionar alojamiento para la noche a cambio de un precio, contraprestación o compensación. Leído aisladamente, parece una prueba de pago por huésped. No lo es. Describe la actividad que está realizando, no cada estancia individual dentro de ella.

El resto del decreto lo deja claro. El artículo 1 incluye a quienes ejercen actividades de hospedaje profesionalmente o no. El artículo 3 la aplica sea cual fuere la modalidad, la personalidad del titular o el modelo de organización — sea cual sea el arreglo, quienquiera que sea el propietario, cómo esté organizado. Y el artículo 4.1 impone al titular de la actividad el deber de recopilar los datos de las personas usuarias de las mismas — las personas que la utilizan. No hay excepción alguna para un huésped que no pagó. El artículo 2.1.b coloca claramente apartamentos, bungalós y alojamientos turísticos similares dentro de la definición.

Así que la pregunta no es «¿pagó este huésped?» sino «¿se explota esta propiedad como alojamiento turístico?». Si es así, sus amigos y familiares son usuarios de esa actividad. La obligación solo desaparece si deja de explotarla comercialmente por completo, momento en el cual no hay actividad de hospedaje que reportar.

Toda persona que se aloje se registra, incluyendo menores de cualquier edad. Los huéspedes de 14 años o más firman por sí mismos; para menores más jóvenes, un adulto acompañante proporciona sus datos. Hay más información en nuestra guía sobre menores, bebés y adolescentes.

Tenga en cuenta los plazos, porque hay dos y no uno. El artículo 6.3 exige los datos en el plazo de 24 horas desde la realización de la reserva o contrato, o de su cancelación, y de nuevo en el plazo de 24 horas desde el comienzo de la estancia. Una estancia gratuita de familiares tiene ambas. Si un huésped no puede proporcionar sus datos, usted sigue siendo responsable de recopilarlos y presentarlos; véase cuando un huésped no puede registrar sus datos.

Para una visión más amplia, véase qué huéspedes deben registrarse.