¿Tengo que registrar a un visitante local que se queda una noche?
Sí, cualquier persona que pase una noche en su alojamiento turístico debe registrarse en SES.Hospedajes, independientemente de su residencia, su relación con los huéspedes o la duración de su estancia. Esto incluye visitantes locales, aunque solo se queden una noche.
La edición en inglés es la versión de referencia de esta guía. Las citas legales aquí son una traducción de una explicación en inglés, no el texto oficial. Leer en inglés
Sí, debe registrar a esta persona en SES.Hospedajes. La obligación de registrarse aplica a «todas las personas que se alojen» en alojamiento turístico, independientemente de si son huéspedes pagadores, amigos, familia o residentes locales. La ley no hace excepciones según la duración de la estancia, el lugar de residencia del huésped o su relación con la parte que hace la reserva original (Real Decreto 933/2021, artículo 2.1).
Esto significa que aunque la persona sea residente local, no forme parte de la reserva original y solo se quede una noche, se considera un «viajero o usuario del servicio de alojamiento» a efectos de la ley y debe ser comunicado.
Cómo comunicar esta estancia de una noche
Cuando envíe los datos del huésped a SES.Hospedajes, deberá incluir la información de esta persona como huésped adicional. Debe comunicar su fecha de llegada como la noche que se quedó y su fecha de salida como el día siguiente. Esto reflejará con exactitud su estancia de una noche dentro del sistema. Tiene un plazo estricto de 24 horas desde su llegada para enviar sus datos (Real Decreto 933/2021, artículo 4.1).
Para más información sobre quién debe registrarse, puede consultar nuestra guía sobre Qué huéspedes deben registrarse. Si necesita corregir un envío o añadir una persona adicional, nuestra página sobre Cuando algo cambia después de haber presentado proporciona orientación adicional.